lunes, abril 14, 2014


 ALEGACIONES AL AREA DE TRANSFORMACIÓN DEL CAMPUS UNIVERSITARIO DEL VENA.

            Jesús Ojeda Calvo, como portavoz de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Burgos, por medio del presente escrito, y en relación al Estudio de Detalle del Área de Transformación 8.3 “Campus Vena”(no Vigón por no existir esa denominación de Avenida actualmente), expediente 156/06, promovido por la Universidad de Burgos, presento las siguientes ALEGACIONES:

 

 

1.- En primer lugar carece de visado colegial, así como de la firma del promotor. Es de señalar que se dice que lo promueve la Universidad de Burgos, pero a la hora de firmar como promotor lo hace SOGIUBU. S. A., al que nadie( ninguna persona física) parece representar.

 

 

2.- Como segunda alegación se encuentra que no se justifica el cumplimiento de la normativa en cuanto a posición de la edificación propuesta con respecto a la edificación colindante de su misma parcela, en lo relativo a distancias entre edificios.

Este mismo problema de las distancias se aprecia al establecerse 14 alturas (41 metros) en los tres edificios proyectados junto a la calle Francisco de Vitoria, en las parcelas B-1,B-2 y B-3 sin que se cumpla con la anchura de calle correspondiente a dividir la altura por el coeficiente establecido por la ley.

Es de tener en cuenta que el Plan General establecía para la Barriada Illera una protección de edificaciones de gran altura, por problemas de recepción de telecomunicaciones entre otros, como ya se vió con el problemático caso del Peña Amaya.

 

 

3.- Sobre la propiedad de los terrenos. Como quiera que por la documentación consultada en el Archivo Municipal consta que los terrenos  que ahora son fruto de este Estudio de Detalle, fueron adquiridos por este Ayuntamiento de Burgos, por medio de un Consorcio formado con la Diputación y Caja de Ahorros Municipal y del Círculo, allá por años 60, es de tener en cuenta la legislación que obliga a las administraciones públicas a velar por el mantenimiento de sus intereses patrimoniales.

 

Sirvan estas notas como ilustración de lo desembolsado por este Ayuntamiento:

 

·        El 21 de septiembre de 1962 se acuerda colaborar con el Estado en la creación de Escuela  Técnica de Aparejadores, pagando la mitad de los terrenos y una tercera parte de la construcción del edificio. Total: 4.500.000 Ptas. Desde 1963 se pagaron 500.000 ptas a las Cajas por este concepto pues ellas adelantaban el préstamo.

·        El 31 de enero de 1964 el Pleno acuerda aportar 4 millones de pesetas y el pago de la mitad de los terrenos para la Escuela Técnica de Peritos de Obras Públicas. Para ello se consigna que durante los siguientes diez años se libren 500.000 pesetas anuales de los presupuestos.

·        La misma cantidad anual se dispone para el Campo de Deportes, la Escuela de Magisterio Femenina y el Instituto de Enseñanza Media.

·        Para completar las aportaciones, que en muchos casos, debieron a actualizaciones de obligaciones por incremento de precios de terreno, por señalamiento del Jurado Provincial de Expropiaciones, o bien para completar las urbanizaciones, se aumenta la aportación anual en otras 500.000 ptas más en noviembre de 1965.

 

Se aprecia con estos datos, que el Ayuntamiento de Burgos ha estado aportando desde 1965 y durante diez años, a razón de más de 2 millones de pesetas ( de los años 60), y otro tanto debió aportar la Diputación. Un considerable esfuerzo debido a las dificultades de financiación y las muchas necesidades de aquellos momentos.

 

Todo ello viene a reclamar los derechos que ante una posible  petición de reversión por parte del Ministerio de Educación tuviera la Administración Local que corrió con gran parte  del desembolso que supuso la expropiación de los terrenos, algunos de ellos de su patrimonio.

 

La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades (LOU) en su Artículo 80, Patrimonio de la Universidad, Punto 2, dice textualmente” Las Universidades asumen la titularidad de los bienes de dominio público afectos al cumplimiento de sus funciones, así como los que, en el futuro, se destinen a estos mismos fines por el Estado, o por las Comunidades Autónomas. Se exceptúan, en todo caso, los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español. CUANDO LOS BIENES A LOS QUE SE REFIERE EL PRIMER INCISO DE ESTE APARTADO DEJEN DE SER NECESARIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO UNIVERSITARIO, O SE EMPLEEN EN FUNCIONES DISTINTAS DE LAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD, LA ADMINISTRACIÓN DE ORIGEN PODRA RECLAMAR SU REVERSIÓN, O BIEN, SI ELLO NO FUESE POSIBLE, EL REEMBOLSO DE SU VALOR AL MOMENTO EN QUE PROCEDÍA LA REVERSIÓN. Las Administraciones públicas podrán adscribir bienes de su titularidad a las Universidades Públicas para su utilización en las funciones propias de las mismas.

 

Finalmente en este punto es de señalar que el órgano expropiante en febrero de 1964 fue el Ministerio de Educación Nacional por ser por Ley el único capacitado para ello, aunque las aportaciones como arriba viene escrito fueron hechas en gran parte por entes locales y provinciales.

 

Por cuanto se pide en esta alegación que el Ayuntamiento de Burgos defienda las atribuciones de las Administraciones públicas y por ende de los administrados, exigiendo que se cumpla la legislación y que no se vulneren derechos, en los que el propio Ayuntamiento se vería perjudicado.

 

 

 

 

 4.- No se definen los usos fuera de ordenación, y es algo que, a nuestro juicio, debe exigirse previamente a esta aprobación inicial. Estamos hablando de dar solución a la desaparición del Colegio Nacional de Prácticas del profesorado de E.G.B que alberga actualmente un Colegio Público de Infantil y Primaria (Francisco de Vitoria), el Polideportivo del Instituto Diego Porcelos y el Campo de Fútbol, la residencia Juvenil Diego de Siloé y sus pistas polideportivas, una Guardería, etc...

 

 

5.- Estimamos de interés público el no meter tan gran número de viviendas en una zona altamente densificada, y necesitada en cambio de dotaciones y equipamientos públicos, deportivos e incluso de esparcimiento. Por ello consideramos debiera modificarse el Plan General para evitar esta Area de Transformación, que sólo supone un incremento de las plusvalías de los propietarios, que más si cabe al ser instituciones públicas, como lo es la UBU, no debieran utilizar estos mecanismos especulativos para financiarse, sino los establecidos por las leyes, vía transferencias de las Administraciones públicas que cobran los impuestos para estas competencias y fines.

 

 

 

SOLICITO  que sean admitidas estas alegaciones y, en su virtud, que se proceda a la denegación de la Aprobación Inicial del Estudio de Detalle del Area de Tranformación 8.3 Campus del Vena, promovido por la Universidad de Burgos.

 

 

 

 

 

 

 

 

Fdo: Jesús Ojeda Calvo

Portavoz de Izquierda Unida, Ayuntamiento de Burgos.

 

 

 

 

 

                                  

 

                                   En Burgos a 17 de Octubre de 2006.

 

 

 

 

 

 

Al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Burgos.

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